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Nuevas Normativas de Cotización para Becarios en 2024

By 30 de agosto de 2023febrero 8th, 2024No Comments
Imagen de un hombre con un chico joven

En Muson, entendemos la importancia de mantenerse actualizado sobre las normativas laborales, especialmente en lo que respecta a las prácticas de estudiantes. A partir del 1 de enero de 2024, las empresas deberán cotizar por los becarios, aunque su remuneración sea opcional y no exista una relación laboral formal con ellos.

Esta obligación abarca diversas prácticas:

  1. Prácticas de alumnos universitarios: Incluye tanto prácticas para obtener titulaciones oficiales (grado, máster, doctorado) como para títulos propios de la universidad (máster de formación permanente, diploma de especialización, diploma de experto).
  2. Prácticas de alumnos de formación profesional: Aplicable siempre que no se realicen bajo el régimen de formación profesional intensiva.

Es importante destacar que en estas cotizaciones se excluye la protección por desempleo, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y la formación profesional. Si las prácticas no son remuneradas, también se excluye la protección por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Además, no se aplica el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI).

Para las prácticas formativas no laborales remuneradas, se seguirán las reglas de cotización del contrato de formación en alternancia, generalmente basadas en una cuota fija, pero con ciertas particularidades:

  • No se incluyen cotizaciones por desempleo, FOGASA, formación profesional, ni el MEI.
  • Se aplica una reducción del 95% en la cuota por contingencias comunes.
  • Se debe diferenciar entre cotizaciones por la base mínima (1.260 euros en 2023) y las superiores a esta.

En caso de prácticas no remuneradas, la cotización a la Seguridad Social se calcula sólo por los días efectivos de práctica, estableciéndose una cuota empresarial diaria que se define anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

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